Uva

Acuerdo de Encargado de Tratamiento de Datos Personales

Versión 1.5


1. Partes y roles

La Responsable determina qué datos de sus pacientes se recogen, con qué finalidad y por qué plazo. Uva los trata por cuenta de la Responsable y conforme a sus instrucciones, sin adoptar decisión alguna sobre ellos y sin destinarlos a finalidad propia.

El presente Acuerdo integra los Términos y Condiciones y se acepta conjuntamente con ellos.

2. Objeto

El presente Acuerdo regula el tratamiento que Uva realiza, por cuenta de la Responsable, de los datos personales de sus pacientes, en el marco de la prestación del servicio y conforme al artículo 25 de la Ley 25.326.

3. Descripción del tratamiento

Uva no trata los datos de los pacientes para finalidad propia alguna: no los utiliza con fines publicitarios, no los cede, no los comercializa y no los emplea para el entrenamiento de modelos de inteligencia artificial, propios ni de terceros.

4. Obligaciones de Uva en su carácter de encargada

Uva se obliga a:

  1. Tratar los datos únicamente conforme a las instrucciones documentadas de la Responsable, las que resultan del presente Acuerdo y de la configuración que aquélla efectúa dentro de la aplicación. Uva no los aplicará ni utilizará con un fin distinto del previsto en el presente contrato, ni los cederá a otras personas, ni aun para su conservación (artículo 25, inciso 1, de la Ley 25.326).
  2. Guardar confidencialidad. Uva y toda persona que intervenga en cualquier fase del tratamiento se encuentran obligadas al secreto profesional respecto de los datos, obligación que subsiste aun después de finalizada la relación (artículo 10 de la Ley 25.326).
  3. Adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos, evitando su adulteración, pérdida, consulta o tratamiento no autorizado (artículo 9 de la Ley 25.326), conforme al Anexo III.
  4. Prestar asistencia a la Responsable a fin de que ésta pueda atender las solicitudes de acceso, rectificación, actualización y supresión de sus pacientes dentro de los plazos legales (artículos 14 y 16 de la Ley 25.326), así como entregar copia de la historia clínica, autenticada por autoridad competente de la institución asistencial, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de emergencia (artículo 14 de la Ley 26.529).
  5. Notificar los incidentes de seguridad que afecten datos de los pacientes de la Responsable, sin dilación indebida desde su toma de conocimiento, con descripción del hecho, de los datos afectados, de las medidas adoptadas y de las recomendaciones que correspondan.
  6. Abstenerse de subcontratar fuera de lo previsto en la cláusula 5.
  7. Poner a disposición de la Responsable la información necesaria para acreditar el cumplimiento de las obligaciones precedentes.

5. Subencargados

La Responsable autoriza de forma general a que Uva recurra a los proveedores enumerados en el Anexo II para la prestación del servicio.

6. Funciones de inteligencia artificial

Uva utiliza servicios de inteligencia artificial de terceros para la extracción de valores de estudios de laboratorio y para la elaboración de resúmenes de información previamente registrada.

Dicha garantía rige exclusivamente respecto del servicio pago, razón por la cual Uva lo contrata bajo esa modalidad. En el servicio gratuito, los mismos términos establecen lo contrario: que el contenido remitido se utiliza para el desarrollo de sus productos y de sus tecnologías de aprendizaje automático. La discontinuación de la modalidad paga privaría de sustento a la presente cláusula.

Obligación de la Responsable: informar a sus pacientes acerca de la utilización de estas funciones y de la transferencia internacional prevista en la cláusula 7, y obtener su consentimiento con carácter previo a utilizarlas respecto de cada uno de ellos.

7. Transferencia internacional de datos

Algunos subencargados se domicilian fuera de la República Argentina, en países que la Agencia de Acceso a la Información Pública no reconoce como de nivel adecuado de protección, entre ellos los Estados Unidos de América. El Anexo II indica la ubicación de cada uno.

El artículo 12 de la Ley 25.326 prohíbe la transferencia a países sin nivel adecuado de protección, salvo las excepciones que enumera —colaboración judicial, intercambio de datos médicos cuando lo exija el tratamiento del afectado, transferencias bancarias o bursátiles, tratados internacionales y cooperación entre organismos de inteligencia—. El consentimiento no se encuentra comprendido entre dichas excepciones legales: la habilitación por consentimiento surge del artículo 12 del Decreto 1558/2001, conforme al cual la prohibición no rige cuando el titular del dato hubiera consentido expresamente la cesión.

Las transferencias se amparan en:

  1. el consentimiento expreso del titular del dato, conforme al artículo 12 del Decreto 1558/2001, que la Responsable debe obtener según la cláusula 6, y que constituye el fundamento principal;
  2. los términos de tratamiento de datos que cada subencargado aplica a sus clientes, que lo obligan a tratar la información únicamente conforme a las instrucciones recibidas y bajo deber de confidencialidad.

Cláusulas contractuales modelo. La Agencia aprobó dos juegos, alternativos y no acumulativos: los de la Disposición DNPDP 60/2016 y los de la Resolución AAIP 198/2023, correspondientes a la Red Iberoamericana de Protección de Datos, que no derogó la anterior sino que incorporó un segundo modelo compatible. Uva contrata a los subencargados del Anexo II por adhesión a sus términos, razón por la cual dichos modelos no se incorporan actualmente como anexo suscripto con cada uno de ellos, y la transferencia se ampara en los fundamentos precedentes. Uva evalúa, con asesoramiento legal, su incorporación respecto de aquellos proveedores que lo admitan, y actualizará el presente Acuerdo en caso de hacerlo.

8. Obligaciones de la Responsable

La Responsable se obliga a:

9. Ejercicio de derechos por los pacientes

Los pacientes ejercen sus derechos ante la Responsable, quien los conoce y responde frente a ellos. En caso de que un paciente se dirigiera directamente a Uva, ésta no responderá por sí: le indicará que se dirija a su profesional y lo comunicará a la Responsable sin dilación.

10. Devolución y supresión a la terminación

Terminada la relación contractual, y una vez vencido el plazo de exportación previsto en los Términos y Condiciones, Uva suprimirá los datos personales tratados por cuenta de la Responsable.

Conforme al artículo 25, inciso 2, de la Ley 25.326, los datos deben ser destruidos, salvo mediare autorización expresa de la Responsable —cuando razonablemente se presuma la posibilidad de ulteriores encargos—, en cuyo caso podrán almacenarse por un plazo máximo de dos (2) años, con las debidas condiciones de seguridad.

El artículo 18 de la Ley 26.529 impone a la Responsable conservar la historia clínica por un plazo mínimo de diez (10) años contados desde la última actuación registrada. Dicho deber recae sobre la Responsable y no se transfiere a Uva: con carácter previo a dar de baja la cuenta, debe exportar y conservar por sus propios medios la información cuya guarda la ley le impone.

11. Responsabilidad

Cada parte responde por el incumplimiento de las obligaciones que el presente Acuerdo pone a su cargo. Uva responde por la actuación de sus subencargados en los mismos términos que por la propia.


Anexo I — Descripción del tratamiento

ÍtemDetalle
Naturaleza y finalidadAlojamiento, procesamiento y puesta a disposición de la información clínica y administrativa necesaria para la atención nutricional
Tipo de datosIdentificatorios, de contacto, de salud (sensibles), antropométricos, resultados de estudios, de facturación
TitularesPacientes de la Responsable y sus representantes legales
DuraciónVigencia de la cuenta, con más los plazos de la cláusula 10

Anexo II — Subencargados

ProveedorFinalidadUbicaciónNivel adecuado
LinodeAlojamiento de la aplicación, la base de datos, los archivos y las copias de seguridadEstados UnidosNo
Google (Gemini)Extracción de datos de estudios de laboratorio y elaboración de resúmenesEstados UnidosNo
Google (Calendar)Reflejo de los turnos en el calendario de la Responsable, en caso de conectar la integraciónEstados UnidosNo
ResendEnvío de correos electrónicos a pacientes y a la profesionalIrlanda (región eu-west-1 de la cuenta)Sí — Unión Europea
Mercado PagoProcesamiento de los cobros que la Responsable efectúa a sus pacientesArgentinaSí
StripeProcesamiento del pago de la suscripción de la Responsable a UvaEstados UnidosNo
SentryRegistro de errores de la aplicaciónEstados UnidosNo
AmplitudeAnalítica de uso de la aplicación por parte de la ResponsableUnión EuropeaSí — Unión Europea

Precisiones sobre el alcance de cada subencargado:

Anexo III — Medidas de seguridad

Conforme a las medidas recomendadas por la Resolución AAIP 47/2018:

Las copias se conservan actualmente en el mismo servidor que la base de datos, conforme a decisión de la Responsable de fecha 7 de septiembre de 2026 de alojar la totalidad de los componentes en un proveedor único. Dicho esquema protege frente a un borrado accidental o a una actualización defectuosa, y no frente a la pérdida del servidor. Uva cuenta con un procedimiento de restauración verificado, que ejecuta a requerimiento; su ejecución programada y la remisión de las copias a un segundo proveedor se encuentran previstas y aún no implementadas.


Normas citadas


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